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Normas del CIT para la CBP sobre la clasificación de determinados contrapesos de hierro fundido

Jun 23, 2024

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El Tribunal de Comercio Internacional falló a favor de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos en lo que respecta a la clasificación de determinados contrapesos de hierro fundido. El demandante Norca Engineered Products había cuestionado la clasificación de CBP de ciertos contrapesos de hierro fundido bajo 8431.49.9044. Estos contrapesos de varios pesos se instalan en diferentes modelos de miniexcavadoras o compactas Doosan Bobcat. Los contrapesos se fijan a la parte inferior trasera de la máquina para proporcionar equilibrio y evitar que la excavadora se vuelque. La cuestión era si la máquina de la que forman parte los contrapesos debería clasificarse como “excavadora: otra” o como “retroexcavadora” a efectos arancelarios. La clasificación como retroexcavadora somete los contrapesos a los aranceles de la Sección 301 cuando se importan de China.

En 2019, el especialista en importaciones de Aduana determinó que la clasificación HTSUS apropiada era 8431.49.9044, sosteniendo que esta clasificación cubre partes de una miniexcavadora autopropulsada como “retroexcavadora”. Entre el 11 de diciembre de 2019 y el 22 de diciembre de 2020, Norca presentó quince protestas. En las protestas, Norca siguió afirmando que la clasificación adecuada para los contrapesos era 8431.49.9095, “excavadora: otra”. La Aduana negó estas protestas. Luego de recibir las negativas, Norca presentó una denuncia impugnando la clasificación aduanera.

El CIT acordó que el gobierno clasificó adecuadamente la mercancía en cuestión en la subpartida 8431.49.9044, por lo que los productos están sujetos a los aranceles de la Sección 301 cuando se importan de China.

Sin embargo, las partes acordaron que los contrapesos que pesen entre 400 kg y 600 kg, incluso si se determina que son partes de retroexcavadoras, califican para una exclusión según 85 Fed. Reg. 9921. Por lo tanto, las partes acordaron que los contrapesos que pesan entre 400 kg y 600 kg están excluidos de los aranceles de la Sección 301 de China.

Para obtener más información sobre cómo buscar o utilizar la clasificación y otras resoluciones, comuníquese con la abogada Deb Stern al (305) 894-1007 o por correo electrónico.

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